Tratamiento discursivo por ACNUR y OIM sobre los flujos migratorios venezolanos (2017-2020)

Tratamiento discursivo por ACNUR y OIM sobre los flujos migratorios venezolanos (2017-2020)

La diferencia entre migrantes y refugiados es clara en la legislación internacional. Sin embargo, cuando se trata de la migración venezolana se tiende a hacer abstracción de las definiciones para ajustar la narrativa a una determinada agenda política. Ante esta situación nos proponemos hacer una breve revisión de estos cambios a lo largo de los últimos años.

En primer lugar, es necesario introducir una definición de migración. Podemos estar de acuerdo en que la migración humana supone el traslado de individuos desde un lugar a otro, y donde se deben cumplir tres condiciones:

  1. El individuo se traslada con la intención de cambiar de residencia, lo cual supone en muchos casos un cambio de actividad laboral.
  2. El individuo cruza una frontera político-administrativa reconocida, la cual puede ser municipal, regional o nacional.
  3. Por lo general se acepta que hay migración cuando el cambio de residencia se prolonga por más de doce (12) meses.[1]

En ese sentido, el migrante es toda persona que traslada su lugar de residencia de una división geográfica o administrativa a otra. El término excluye a los traslados que se realizan con intenciones diferentes, tales como viajes de trabajo o negocios, estudios, misiones diplomáticas, turismo, asilo o refugio, etc.

Por otro lado, según la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, el refugio viene a ser un estatus legal otorgado por los Estados a toda persona que ingrese en su territorio debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, sexo, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política.

Para que una persona sea considerada como refugiada, se deben cumplir ciertas condiciones:

  1. Debe demostrar que existe un fundado temor de ser perseguida.
  2. La persona se debe encontrar fuera del país de su nacionalidad. De manera que ningún Estado puede otorgar refugio a sus propios nacionales.
  3. La persona no puede o no quiere acogerse a la protección del país de su nacionalidad.
  4. La persona no quiere o no puede acogerse a la protección del país en donde residía, en el caso de no tener nacionalidad.

Una vez concedido el refugio, esta condición suele perderse tan pronto como la persona abandona el país que lo acoge, de acuerdo con la legislación en la materia. Los Estados que reciban personas que soliciten refugio no pueden:

  1. Obligar a la persona a retornar al país desde el cual huye.
  2. Sancionar a la persona por ingresar al país donde pretende refugiarse.

Lo anterior debe cumplirse salvo que la persona sea considerada peligrosa para la seguridad del país en donde pretenda refugiarse, o bien, sea sentenciada por un delito grave, y que constituya un riesgo para la seguridad de la comunidad del país en donde desea refugiarse.

 

Antecedentes

En 2015, según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), Venezuela contaba en su territorio con la segunda mayor población de migrantes de origen extranjero de la región, en su mayoría provenientes de Colombia y Ecuador, solo superada por Argentina y seguido por México y Brasil.[2]

Para julio de 2015, las poblaciones migrantes latinoamericanas en su mayoría permanecían en su propia región en vez de migrar a los países de la Unión Europea, siendo Venezuela, junto a Argentina, Costa Rica y República Dominicana, uno de los principales destinos.

Para el mismo año, la OIM estimó en 606.281 el número de personas que salieron de Venezuela, y que iniciaban un registro de solicitudes de asilo presentadas por venezolanos en los Estados Unidos, que se incrementaron entre los años 2015 y 2016.

En 2016, la emigración venezolana no formaba parte de la retórica de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) ni aparecía reflejada en los informes de Tendencia global[3]. Asimismo, la agencia cooperaba con la Defensoría del Pueblo de Venezuela en aras de reforzar la protección de los derechos de las personas refugiadas y solicitantes de la condición de asilo en el país.

Ahora bien, a raíz del análisis de la evolución del discurso sobre la migración venezolana por parte de las agencias de Naciones Unidas, llama la atención su inestabilidad en el periodo comprendido entre 2017 y 2020. En lo sucesivo, se exponen los cuatro principales momentos en relación con el cambio de discurso relativo a este fenómeno migratorio.

 

Primer momento, año 2017. Migrantes económicos vs. Refugiados

Se trata del momento en que la OIM y ACNUR empiezan a referirse por primera vez al fenómeno de migración intrarregional de personas venezolanas. Para entonces aún existía una diferencia en el tratamiento discursivo sobre el término a emplear: OIM se refería a la población venezolana en el extranjero como migrantes económicos, mientras que ACNUR empezó a sugerir que estas personas debían recibir el estatus de refugiados.

En este sentido, esta última anunció que las principales razones para que las personas venezolanas emigraran de su país de origen fueron las dificultades económicas, la falta de trabajo, la inseguridad, la violencia y las dificultades, por escasez/acaparamiento, para la adquisición de alimentos y medicamentos.

A modo de comentario, es preciso señalar que el registro de un progresivo incremento de la emigración venezolana a lo largo de este año obedeció a que entre los meses de marzo y agosto se desarrollaron las protestas violentas antigubernamentales lideradas por los sectores más radicales de la oposición venezolana, una de las principales razones para las emigraciones de entonces, debido a la parálisis de la actividad económica y el estado de incertidumbre que estos acontecimientos ocasionaban.

Una revisión de la documentación del período nos indica que:

  • En marzo de 2017, la OIM aún hablaba de que la población de venezolanos que cruzó la frontera por tierra rumbo a Brasil eran migrantes económicos, “entre otros”. Estas personas estaban en centros de acogida del norte brasileño. En un reporte, la agencia recoge el testimonio de un joven que decidió salir del país por “la escasez de productos básicos, la crisis económica, la inflación y la delincuencia desatada”.[4]
  • En julio de 2017, ACNUR anunciaba que la situación de violencia e inseguridad en Venezuela había disparado el número de solicitudes de asilo por parte de personas venezolanas[5]. La agencia insistía en que las personas venezolanas en el exterior requerían el estatus de refugiados.

El director legal de la agencia, Juan Carlos Murillo, declaró entonces: “ACNUR hace un llamado enfático a que los Estados que reciben venezolanos no los devuelvan a su país de origen mientras la presente situación no cambie de manera significativa”.[6]

  • En julio de 2017, un estudio de la OIM reveló que el 67% de las personas que cruzaban la frontera desde Venezuela hacia el territorio de Colombia eran de nacionalidad colombiana, mientras que un 33% de nacionalidad venezolana. Al indagar en los motivos de viaje hacia ese país, el 52% manifestó cruzar para realizar compras (adquirir productos para la canasta familiar, comprar productos de aseo, medicamentos, entre otros); el 14% por motivos de trabajo; el 17% para visitar a la familia; el 5% señaló cruzar por motivos de turismo, el 2% por temas educativos y el 10% por otros motivos.[7]
  • En julio de 2017, el presidente peruano Pedro Pablo Kuczynski prometió ampliar el permiso temporal de permanencia para la población proveniente de Venezuela, a fin de resolver “la crisis humanitaria”: “Hemos facilitado y estamos ampliando, el permiso temporal de permanencia de nuestros hermanos venezolanos”, a lo que agregó: “¡Son bienvenidos a este país democrático!”.[8]
  • En septiembre de 2017, ACNUR se refirió a esta población en Brasil como inmigrantes venezolanos, y encontró en la situación económica y política en Venezuela el principal motivo para emigrar.[9]
  • En octubre/noviembre de 2017, en un informe publicado por la OIM Perú, la agencia se refirió a la población venezolana en ese país como migrantes, e hizo alusión al Permiso Temporal de Permanencia (PTP) implementado por Kuczynski, como un mecanismo transitorio para permitir a dicha población contar con un documento que regula su calidad migratoria y acceder a servicios de salud, educación y trabajo.[10]

De la información levantada en dicho informe, el 57,9% de las personas entrevistadas salió de Venezuela principalmente por razones económicas.

De las 2.769 personas migrantes encuestadas, el 57.9% mencionó que dejaron Venezuela principalmente por razones económicas. El 10.9% indicó que el motivo principal fue la falta de trabajo, seguido de un 9.8%, que indicó la situación de inseguridad o violencia como causas, y un 8.3% refirió la falta de alimentos y medicamentos. Es importante señalar que el 46% de personas encuestadas indicaron haberse desplazado internamente en Venezuela, antes de salir del país.

Segundo momento, 2018. Construcción del refugiado venezolano y creación de plataforma de acción conjunta entre ACNUR y OIM

A partir del año 2018, ACNUR asumió la vocería en materia de migración venezolana y, junto a OIM, dio inicio a la construcción discursiva del “refugiado venezolano” que presuntamente huye de su país a causa de la violencia cometida por cuerpos de seguridad del Estado, el desabastecimiento y la inseguridad, por lo que requiere de protección internacional –bajo la figura del refugiado– y asistencia humanitaria.

Paralelo a la instalación del discurso del refugiado venezolano se construyó una “arquitectura humanitaria” para la coordinación entre los diversos actores vinculados en esta materia y la movilización de recursos bajo el liderazgo conjunto de ACNUR y OIM: Plataforma Regional de Coordinación Interagencial (R4V) y el Plan Regional de Respuesta para Refugiados y Migrantes Venezolanos.

Uno de los argumentos que se han esgrimido para justificar la existencia de una crisis de refugiados es el hecho de que en determinados momentos se pudo registrar un ritmo muy acelerado de movimientos migratorios desde la frontera venezolana en muy poco tiempo, lo cual se asemeja a las crisis de refugiados.

Sin embargo, las agencias de la ONU obvian en su análisis el efecto de las medidas coercitivas unilaterales sobre la vida económica y social del país, las cuales se acentuaron a partir del año 2018; así como la promoción de la emigración de personas venezolanas por parte de gobiernos de la región mediante la implementación de políticas migratorias de puertas abiertas.

Para sustentar su consideración de los migrantes venezolanos como refugiados, el ACNUR publicó una “Nota de orientación sobre consideraciones de protección internacional para los venezolanos”, en la que dejó de lado la definición establecida en la Convención de 1951/Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados, y recurrió a la ampliación conceptual formulada en la Declaración de Cartagena de 1984, que se reguló para ser aplicada a los conflictos armados que entonces asolaban varios países de Centroamérica. Dicho documento reconoce como refugiados.

…a las personas que han huido de sus países porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.[11]

En dicha nota se instó a los Estados receptores de personas venezolanas a permitir su acceso a los territorios y al otorgamiento de “mecanismos de protección grupales con las salvaguardias adecuadas”. Es decir, la determinación grupal de la condición de refugiados bajo el criterio establecido en la Declaración de Cartagena:

Para los Estados que han incorporado la definición de refugiado contenida en la Declaración de Cartagena en su legislación nacional, o para los Estados que aplican esta definición en la práctica, en seguimiento de las directrices de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el ACNUR considera que la mayoría de las personas nacionales de Venezuela, o personas apátridas que eran residentes habituales en Venezuela, se encuentran necesitadas de protección internacional bajo el criterio contenido en la Declaración de Cartagena, sobre la base de las amenazas a su vida, seguridad o libertad resultante de eventos que se encuentran actualmente perturbando gravemente el orden público en Venezuela.[12]

Paralelo a estas acciones, se fue reportando un creciente aumento de la salida de venezolanos de su territorio.

  • En marzo de 2018, ACNUR empezó a referirse a la población migrante en el exterior como personas refugiadas con necesidad de protección internacional y asistencia humanitaria. Instaba a los Estados a permitirles el acceso a los territorios, a brindarles protección internacional temporal o acuerdos de estancia, y a cumplir con el principio de no devolución.

En vista de la situación actual en Venezuela, el ACNUR hace un llamamiento a los Estados para que les garanticen a las personas beneficiarias de estas formas complementarias de protección, protección temporal o acuerdos de estancia, o visados o mecanismos migratorios laborales que no sean deportados, expulsados, o de cualquiera otra manera forzados a retornar a Venezuela, de acuerdo con el derecho internacional de los refugiados y el derecho de los derechos humanos. Esta garantía debería estar garantizada, ya sea en el documento de identidad oficial otorgado o a través de otros medios efectivos, como instrucciones claras para los organismos encargados de hacer cumplir la ley.[13]

  • En abril de 2018, ACNUR y OIM empiezan a trabajar conjuntamente en el apoyo de la acción del gobierno colombiano de llevar a cabo un registro administrativo de personas venezolanas en ese país con estatus irregular[14]. En ese momento, la vocería de ACNUR se refirió a las personas venezolanas con necesidad de protección internacional, mientras que la vocería de OIM abordó el tema de proveer una respuesta a los migrantes venezolanos.
  • En septiembre de 2018, ACNUR y OIM lanzaron oficialmente la Plataforma Regional de Coordinación Interagencial (R4V), una instancia liderada conjuntamente por ambas agencias, bajo la representación conjunta de Eduardo Stein, con la tarea de “dirigir y coordinar la respuesta regional” del flujo de salida de personas desde Venezuela.

En este punto, cabe señalar que no se conoce una iniciativa similar para ningún otro país de la región en la historia contemporánea, ello a pesar de que muy probablemente habría sido necesario para gestionar los flujos migratorios como consecuencia de los conflictos de Centroamérica en los años 80, así como en el caso del conflicto colombiano que ha dado lugar a más de 8 millones de personas desplazadas internamente, más otros tantos hacia terceros países.

La R4V es la instancia de coordinación y administración de la información referente al flujo de personas venezolanas. Es el núcleo de la coordinación en esta materia.

  • En abril/2018 el secretario General de la ONU solicitó a ACNUR y a OIM instalar una instancia de estas características.
  • En mayo/2018, ambas agencias enviaron misiva conjunta al secretario general, informándole sobre el establecimiento de una Plataforma Regional inclusiva y global para dirigir la respuesta a la situación de los refugiados y migrantes de Venezuela
  • En septiembre/2018 tuvo lugar, en Panamá, la primera reunión de la Plataforma.
  • La R4V gestiona la información para dirigir la recopilación y producción de estadísticas, datos y análisis de las poblaciones afectadas (índice de vulnerabilidad y necesidades).
  • La R4V moviliza los recursos a través de un Plan Regional de Respuesta para Refugiados y Migrantes de Venezuela (RMRP, por sus siglas en inglés), documento publicado ininterrumpidamente desde DIC/2018 donde se establece el total de los fondos requeridos que deberá aportar la comunidad de donantes para la supuesta atención de la población venezolana en los países de acogida.
  • La R4V se complementa con ocho plataformas nacionales y subregionales codirigidas por ACNUR y la OIM en Brasil, Chile, Colombia, Ecuador y Perú a nivel nacional y en el Caribe, América Central, México y el Cono Sur a nivel subregional.
  • En septiembre de 2018, once países de América Latina (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, México, Panamá, Paraguay, Perú y Uruguay) firmaron la “Declaración de Quito sobre movilidad humana de ciudadanos venezolanos en la región”, acción regional que buscaba “lograr una respuesta coordinada al masivo flujo migratorio de ciudadanos venezolanos”.[15]
  • En octubre de 2018, ACNUR señalaba que cerca de 2 millones de personas habían abandonado Venezuela desde 2015 y que estaban necesitadas de protección internacional.[16]
  • En diciembre de 2018, ACNUR y OIM lanzaron oficialmente el primer Plan Regional de Respuesta para Refugiados y Migrantes Venezolanos (PRRM)[17], un plan operacional con la cifra de fondos requeridos en ese momento para supuestamente atender las necesidades de la población venezolana diseminada por los países de América Latina y el Caribe, a los gobiernos y a las comunidades de acogida.
  • El documento se trata de un llamamiento a los donantes, instituciones financieras y actores de desarrollo a aumentar su apoyo económico a los refugiados y migrantes venezolanos como a las comunidades de acogida.
  • Este primer PRRM ubicó en USD 738 millones el total de los fondos requeridos por las autoridades nacionales y comunidades de acogida de la región para brindar asistencia a estas personas en condición de movilidad.
  • Para diciembre de 2018, el PRRM ubicó en 2,2 millones la cifra de refugiados y migrantes venezolanos diseminados en 16 países.

Para noviembre y diciembre de 2018, ACNUR y OIM hablaban de más de 3 millones de personas refugiadas y migrantes venezolanas emigradas del país, lo cual multiplica por dos la cifra estimada para 2017.[18]

 

Tercer momento, 2019. Refugiados y migrantes venezolanos

A pesar de que durante 2018 se estableció discursivamente que todos los migrantes provenientes de Venezuela podían ser considerados refugiados, a la luz de la Declaración Cartagena, la R4V se ha referido a ellos desde su creación como “refugiados y migrantes venezolanos” y se les ha englobado en una sola cifra.

Es necesario señalar que a pesar de que las cifras proporcionadas no discriminan entre migrantes y refugiados, se conoce que, en el caso de Colombia, de los 1,8 millones de personas venezolanas que había a principios de 2019, solo 140 se consideraban refugiados y otros 5.303 eran solicitantes[19]. Lo mismo ocurre en el caso peruano, cuyo gobierno reconoce únicamente 1.225 refugiados, de los más de 800 mil venezolanos que supuestamente acogía también a principios de 2020.

Las cifras de solicitudes de refugio suelen ser altas en muchos países que reciben migración venezolana, aunque no así el número total de personas a quienes se les reconoce este estatus finalmente. El refugio es utilizado a menudo por los migrantes venezolanos como una táctica para tratar de obtener una estancia legal, aprovechando precisamente la narrativa sobre la situación política venezolana.

En este sentido, podemos ver:

  • En febrero de 2019, cifras de ACNUR y la OIM ubicaron en 3,4 millones el número de venezolanos refugiados y migrantes alrededor del mundo.[20]
  • En mayo de 2019, ACNUR reiteró que la mayoría de las personas venezolanas que salían del país necesitaban protección internacional como refugiado, “dado el deterioro de la situación política, económica, de derechos humanos y humanitaria del país”[21].

La agencia recomendó un “reconocimiento grupal” del estatus de refugio de la población venezolana y desaconsejó el análisis individual de las circunstancias que alegaba cada persona para obtener el estatus de refugiado, debido a que se consideraba inviable. Se trataba de una táctica para otorgar de forma masiva el estatus de refugiado sin la evaluación correspondiente.

La agencia manifestó que la mayoría de estas personas calificarían como refugiados basándose en los criterios más amplios contemplados en la Declaración de Cartagena sobre Refugiados de 1984, que se aplica en América Latina. Una portavoz de ACNUR, Liz Throsell, afirmó: «Esto es así por las amenazas contra su vida, su seguridad o libertad debido a las circunstancias que están perturbando gravemente el orden público en Venezuela«.

  • En junio de 2019, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhortó a los Estados receptores de migrantes venezolanos evaluar en sus sistemas nacionales de asilo la posibilidad de fortalecer el refugio de acuerdo con los términos de la Declaración de Cartagena.
  • En julio de 2019, ACNUR y la OIM anunciaron que un total de 4 millones de personas habían abandonado Venezuela. Se habló de que “los venezolanos desplazados fuera de su país son uno de los grupos de poblaciones desplazadas más grandes del mundo”.[22]
  • En noviembre de 2019, la Plataforma de Coordinación para Refugiados y Migrantes de Venezuela ubicaba en 4,6 millones el número de personas venezolanas que “huyeron” del país a causa de “la violencia, las amenazas y la escasez de alimentos”.

 

Cuarto momento, 2020. Venezolanos “desplazados en el extranjero”

Durante 2020 se registró un elemento de alta relevancia en el tratamiento sobre las personas venezolanas en el exterior. Se trata de que ACNUR caracterizó a esta población como “desplazados en el extranjero”, tal como ocurrió en su informe “Tendencias globales de desplazamiento forzado en 2019”.

Según se expuso en el documento, este concepto refiere a las personas venezolanas que “probablemente” necesiten protección internacional según los criterios contenidos en la Declaración de Cartagena, pero que no solicitan asilo en el país en el que se encuentran. También refiere la condición de desplazamiento internacional de un país a otro, en el sentido de cruzar fronteras estatales. No fue empleado en el sentido del desplazamiento interno forzoso, como ocurre con el caso colombiano.

El término “desplazados venezolanos” no se había usado hasta entonces, y fue blanco de críticas por parte de sectores de la opinión pública venezolana e internacional, pues se interpretó como un retroceso, que exponía a las personas venezolanas a situaciones de menor protección por parte de los Estados receptores.

En su momento, Ligia Bolívar, investigadora de la Universidad Católica Andrés Bello, señaló que esta nueva calificación es inexistente en el derecho internacional y podría ser utilizada por los países receptores como subterfugio para disminuir la protección internacional requerida.[23]

Como entonces solo somos un montón de gente dando tumbos a lo largo del continente, por eso nos piden visas, aunque les pongan apellidos bonitos, como responsabilidad democrática o humanitaria. Pero visa es visa y es una barrera para quien viene huyendo.[24]

La socióloga afirmó que dicho viraje obedece a presiones de la OIM y a cuestiones relacionadas con el control de los recursos. Se entiende que las personas migrantes por razones económicas serían responsabilidad de la agencia para personas migrantes, mientras que las personas que huyen por algún tipo de persecución deberían ser las atendidas por ACNUR. De manera que la variación del término podría obedecer a un conflicto de competencias. Sentenció Bolívar:

Con esta barbaridad están negando la base legal que ellos mismos (ACNUR) dieron en 2018 para que se reconociera a los venezolanos como refugiados, de acuerdo con la Declaración de Cartagena, y lo están haciendo por presión de la OIM (Organización Internacional de Migraciones). Esto en el fondo es un tema político y de recursos.[25]

En el mencionado informe, se dice:

  • “Independientemente de su condición, los venezolanos desplazados en el extranjero necesitan protección contra los retornos forzosos y acceso a los servicios básicos”.[26]
  • Venezuela se ubica como el país de origen del mayor número de personas que solicitan asilo (429.900).
  • En 2019 había 3,6 millones de venezolanos “desplazados en el extranjero”.
  • Para finales de 2019, más de 4,5 millones de venezolanos salieron de su país.
  • Algunos países de la región, como Brasil, adoptaron medidas para aplicar la definición ampliada de refugiado que figura en la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984 y en la legislación nacional, mientras que otros países aumentaron gradualmente su capacidad para tramitar las solicitudes de asilo y elaboraron modalidades simplificadas o aceleradas de procesamiento de casos para determinar la condición de refugiado.
  • Se continúa insistiendo en la necesidad de aplicar en su beneficio acuerdos sensibles a la protección, en particular en contra de los retornos forzosos.

En los últimos años, Venezuela se ha convertido en el mayor país de origen de nuevas solicitudes de asilo. En promedio, mil venezolanos solicitaron la condición de refugiados anualmente en los primeros años del último decenio. Este número aumentó en los últimos 2-3 años hasta superar los 341.000 en 2018 y 430.000 en 2019. Los venezolanos están abandonando su país debido a varios factores, incluyendo la violencia, la persecución y las crisis políticas y económicas.

 

Notas finales:

A partir de lo expuesto, podemos concluir que el tratamiento discursivo sobre los flujos migratorios de las personas venezolanas ha tenido al menos cuatro momentos:

  1. El primero (2017) fue un período en el que ACNUR y OIM se referían de manera disímil a las personas venezolanas. Por su lado, la OIM hablaba de migrantes económicos mientras que ACNUR hablaba de personas que huyeron de su país de origen y con necesidad de protección internacional.
  2. El segundo momento (2018) resultó un período de ajuste conceptual del término refugiado, adoptando el concepto amplio consagrado en la Declaración de Cartagena, de manera tal que las autoridades migratorias de los países que estaban presentando resistencias para reconocer a esta población como refugiada, como ocurrió en Perú, pudiesen continuar otorgando el estatus de refugiado para aumentar la cifra y así sostener el relato de que las personas venezolanas en el exterior son refugiados. Es el momento en el que ACNUR y OIM empiezan a coordinar sus esfuerzos, supuestamente a solicitud del secretario general de las Naciones Unidas, mediante la construcción de una arquitectura humanitaria que permitió la articulación de los diversos actores involucrados en esta materia, con intereses disímiles, y la movilización internacional de fondos mil millonarios para la supuesta asistencia de la población venezolana con necesidad de protección internacional.
  3. En tercer momento (2019) se oficializa una terminología que define a la población venezolana que se traslada a otros países huyendo de la crisis desencadenada por las medidas coercitivas unilaterales como “refugiados y migrantes venezolanos”.
  4. El cuarto (2020), inicia un nuevo período de ambigüedad en términos jurídicos para calificar a la población venezolana en el extranjero, al referirse la OIM a ellos como desplazados en el extranjero. Esta situación, como se expuso, generó severas críticas por parte de los actores promotores del discurso de una supuesta crisis humanitaria en el país. La imprecisión del término en cuanto a la normativa internacional creó las condiciones para que los gobiernos de los principales países receptores pudiesen negarse a otorgar la condición de refugio.
  5. Al final, la evolución del discurso pone en evidencia una coordinación entre diferentes actores con intereses políticos específicos en la situación venezolana.
  6. La base de la argumentación de la necesidad de protección de las personas que “huyen” de Venezuela, no es otra que la supuesta violencia generalizada por parte de los cuerpos de seguridad del Estado venezolano en contra de la población civil como justificación para hablar de una crisis de refugiados, que se fundamenta en una interpretación sesgada de las protestas violentas registradas en los primeros meses de 2017 lideradas por los sectores más radicales de la oposición, así como de la construcción de la ficción según la cual esta supuesta situación de violación masiva de los derechos humanos y violencia generalizada se prolonga indefinidamente en el tiempo.
  7. La discreción con la cual se tratan los datos reales de personas reconocidas como refugiadas no puede sino considerarse como un intento sistemático por reforzar el discurso de la supuesta crisis de refugiados.
  8. La conversión de migrantes económicos a personas refugiadas no es más que un intento de trasladar la responsabilidad por la violación de los derechos humanos de la población venezolana desde quienes diseñan, aprueban y hacen cumplir un severo paquete de medidas coercitivas unilaterales contra Venezuela, hacia el gobierno que se ve obligado a gestionar la economía nacional en medio de enormes privaciones. Sin embargo, el discurso de la población refugiada se debe confrontar con la realidad de las cifras insignificantes de personas efectivamente reconocidas como tales en los distintos países, con los propios estudios realizados a migrantes por diferentes organismos, que ponen en evidencia que la principal razón de la emigración de personas venezolanas es la situación económica de su país.

[1] Welti, Carlos (1997) “Demografía”. Santiago de Chile: Celade.

[2] Disponible en: https://publications.iom.int/system/files/pdf/wmr_2018_sp.pdf

[3] Disponible en: https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/Publicaciones/2016/10627.pdf

[4] Disponible en: https://robuenosaires.iom.int/sites/robuenosaires/files/Documentos%20PDFs/Boletin-En-Mar-17.pdf

[5] Disponible en: https://www.acnur.org/noticias/briefing/2017/7/5a9fca0915/el-aumento-de-las-solicitudes-de-asilo-de-venezolanos-lleva-a-acnur-a-reforzar-su-respuesta.html

[6] Disponible en: https://www.elespectador.com/noticias/el-mundo/los-refugiados-la-otra-crisis-venezolana/

[7] Disponible en: https://www.cancilleria.gov.co/newsroom/news/oim-cancilleria-migracion-colombia-revelan-estudio-flujo-migratorio-frontera-colombo?__cf_chl_jschl_tk__=7488e635ebf6d0a89f8cc14a54165d29ca65f9d4-1620000151-0-AUD3T0wZmkoYZHmQbsFs05H2zUW55c7kmtnOZmwAstOh-LGdIpAmFrBuryuO5uTNRZ8NJi4ov39ezIkFTfwDGGthaXW5sj8lmSUMOhsvZ63vM0yIOf7ldeac6YQlVfPewV-PvyxIq67oGUywLDpQgCZnV_K_XyPwsl6ymVR4WgUAbtKR3ezjCkuMF5QjgIRvc9M1YSI5DVfWZbjrvHCIZk9B8MgPZ-HG4Me_sKertr3zU3bvUm-EXn_tARp8TwBRRTVD448lHsJzz_DiQAOYpF4NlkdSFA41wfxpXPMNUkm7C2jTW7FvXxseG5ZZsll_EDuMMHmN0dyY8mfCKBz2pqGGF8pwKQVkK7CMdHxajDP_1AzZFKY1qfVyTSEf9a9clYnM0ongGNLS_zkvTuau1yX_hHg1bNcvyrDHMJErsLBfz_ZAYL6zCRw4nNnBipxTXE0k0U49M89t-s3hDmkU-Owo1asowHRMJfh8diGMBbZ8sIDEAfiDKm3hHkjmCO48kWHdM4HULIxA1qkWeYzcrAY

[8] Disponible en: https://rpp.pe/politica/gobierno/ppk-y-su-anuncio-a-venezolanos-en-peru-durante-su-mensaje-a-la-nacion-noticia-1067174

[9] Disponible en: https://www.acnur.org/noticias/noticia/2017/9/5b0be879f/brasil-la-mayoria-de-los-venezolanos-en-roraima-es-joven-tiene-buena-educacion-y-esta-trabajando.html

[10]Disponible en: https://displacement.iom.int/system/tdf/reports/DTM_VENEZUELA_R2OIM%20%20VF%202.pdf?file=1&type=node&id=3246

[11] Disponible en:  https://www.acnur.org/5b076ef14.pdf

[12] Disponible en: https://www.refworld.org.es/docid/5ce2d44c4.html

[13] Disponible en: https://www.refworld.org.es/docid/5aa076f74.html

[14] Disponible en: https://www.acnur.org/noticias/noticia/2018/5/5afccb774/acnur-y-oim-apoyan-el-registro-de-venezolanos-en-colombia.html

[15] Disponible en: https://www.elnacional.com/mundo/paises-america-acordaron-aceptar-documentos-vencidos-venezolanos_250558/

[16] Disponible en: https://www.acnur.org/noticias/noticia/2018/10/5bbcc0174/acnur-intensifica-la-asistencia-para-las-personas-venezolanas-en-colombia.html

[17] Disponible en: https://data2.unhcr.org/fr/documents/details/67284

[18] Disponible en: https://www.acnur.org/noticias/press/2018/11/5be443b54/la-cifra-de-personas-refugiadas-e-inmigrantes-venezolanas-alcanza-los-3.html

[19] Disponible en: https://www.notimerica.com/politica/noticia-venezuela-cifras-exodo-venezolano-20200525121138.html

[20] Disponible en: https://www.iom.int/es/news/los-flujos-de-venezolanos-continuan-constantes-alcanzando-ahora-la-cifra-de-34-millones

[21] Disponible en: https://news.un.org/es/story/2019/05/1456331

[22] Disponible en: https://www.iom.int/es/news/los-flujos-de-venezolanos-continuan-constantes-alcanzando-ahora-la-cifra-de-34-millones

[23] Disponible en: https://www.proiuris.org/?p=60621

[24] Disponible en: https://migravenezuela.com/web/articulo/acnur-y-los-venecos/1990

[25] Disponible en: https://efectococuyo.com/venezuela-migrante/ligia-bolivar-acnur-niega-base-legal-para-que-venezolanos-reciban-proteccion-como-refugiados/

[26] Disponible en: https://www.acnur.org/5eeaf5664?gclid=CjwKCAjwm7mEBhBsEiwA_of-THKOlvlmvhjnoKaay4i5BlDNKeI1e7ebY6S-N60DCfr27c9ggaXBvxoCyB0QAvD_BwE