Las sanciones criminales como obstáculo al derecho al desarrollo

Por Ana Salazar

Para hablar sobre el derecho al desarrollo es necesario tener en cuenta varias cosas: la primera, que el derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable de los Pueblos; esto quiere decir que es un derecho humano, tanto individual como colectivo. En segundo lugar, es fundamental el principio de autodeterminación de los Pueblos y la soberanía sobre las riquezas y recursos naturales. En este sentido, se encuentra estrechamente vinculado al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. En tercer lugar, si bien cada Estado tiene la obligación principal de garantizar el derecho al desarrollo, el principio de cooperación y solidaridad internacional entre los Estados debe acompañar la realización y el goce efectivo de este derecho.

En la discusión sobre el derecho al desarrollo es necesario problematizar ciertos aspectos centrales sobre lo mencionado anteriormente. Es crucial hacer un cuestionamiento acerca del desarrollo, en cuanto a las concepciones burguesas y liberales del mismo, en su aplicación en el Derecho Internacional, que es el resultado del modelo político burgués y liberal, y enmarcado en el sistema de producción capitalista. Una revisión histórica permite comprender que los llamados países “desarrollados” han alcanzado tales niveles de industrialización gracias a la explotación de los recursos naturales de los países y territorios de las periferias y la opresión de nuestros Pueblos. Son estas visiones sobre el desarrollo, ergo, la vorágine de progreso por progreso mismo, las visiones unidireccionales acerca de sus características y los medios para alcanzar tal fin, las que se deben cuestionar y combatir.

Por ello, debemos combatir la ilusión de triunfo asegurado de los países desarrollados y mirar el desarrollo bajo la lupa de un sistema en crisis que produce grandes desigualdades estructurales. Para combatir las visiones y narrativas hegemónicas e imperialistas sobre el desarrollo, es importante recordar que los derechos humanos se luchan y son producto de una serie de reivindicaciones económicas, políticas, sociales, culturales y ambientales de los Pueblos. Por más que se intenten invisibilizar las visiones y narrativas contrahegemónicas del desarrollo, así como se menoscaben los intentos por lograr vivir en sociedades y modelos políticos más justos y con mayores garantías, el derecho al desarrollo nos brinda una forma de generar efectivamente cambios en nuestra sociedad. Es por esta razón que la autodeterminación y la soberanía son claves para elegir, implementar y lograr un desarrollo en nuestros términos, en los términos que decida nuestro pueblo.

Frente a la idea de la obligación del Estado como principal garantista de este derecho, vale la pena preguntarse ¿Qué ocurre cuando el Estado se encuentra amarrado de manos a la hora de cumplir con sus obligaciones? Esta es justamente la situación que le acontece actualmente al Estado venezolano. Desde diciembre del 2014 los Estados Unidos de Norteamérica han aplicado una serie de medidas legislativas y administrativas contra la República Bolivariana de Venezuela, las cuales han generado un bloqueo económico, financiero y comercial, y que, además constituyen un crimen de lesa humanidad. El Estado venezolano ha encontrado una serie de impedimentos para cumplir con sus obligaciones debido a las medidas coercitivas unilaterales impuestas por EE.UU., principalmente, pero a las que se le han sumado la Unión Europea, el Reino Unido, Canadá y los países del autodenominado Grupo de Lima.

A pesar del bloqueo económico, financiero y comercial el Estado ha hecho todo lo posible por garantizar los derechos humanos del Pueblo venezolano. Sin embargo, el impacto ha sido sentido fuertemente por todas las venezolanas y venezolanos, en particular, los grupos históricamente vulnerados. Los obstáculos encontrados en los últimos años han sido producto de los ataques a PDVSA, Banco Central de Venezuela, el Petro, los CLAP, entre otros; al disminuir de manera exponencial los ingresos del país, al intentar frenar la producción y exportación petrolera; dificultando las transacciones financieras debido a las restricciones en el sistema financiero mundial; cohibiendo a terceros al momento de realizar transacciones comerciales generando temor con amenazas de posibles sanciones secundarias; y, violando los derechos humanos de toda la población.

En este sentido, un punto medular sobre el derecho al desarrollo, es la cooperación internacional, por lo que la injerencia en los asuntos internos por parte de los Estados que aplican Medidas Coercitivas Unilaterales (MCU) contraviene el principio de no intervención y el espíritu del multilateralismo para la promoción efectiva del derecho al desarrollo, en aras de fortalecer el diálogo entre pueblos y Estados, que es la base de la cooperación y solidaridad internacional.

Actualmente, dentro de la Organización de las Naciones Unidas existen diversos mecanismos contemplados para abordar la adopción, implementación y supervisión de medidas que avancen en la promoción del derecho al desarrollo. El relator especial para el derecho al desarrollo conjuntamente con otros relatores y expertos de la ONU ha dicho que la imposición de MCU castiga a todas las personas y empresas de países sancionados, a nacionales y empresas de terceros países, a las organizaciones humanitarias, a los donantes y a los beneficiarios de ayuda humanitaria; así como las actividades esenciales y el acceso a bienes y servicios por parte del Estado.[i] El Mecanismo de Expertos sobre el derecho al desarrollo se enfoca en proveer estudios temáticos para su implementación que han abarcado desde su operacionalización y la relación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible; las desigualdades en torno a la discriminación racial y los obstáculos históricos y estructurales del racismo en el derecho al desarrollo; el impacto de la pandemia por COVID-19 sobre el mismo; el derecho al desarrollo en relación con el derecho internacional de las inversiones; y, el rol de los actores no estatales y el deber de cooperar.

Sobre estas últimas dos temáticas es necesario realizar aportes que presenten el caso sobre la situación en Venezuela a raíz de las medidas coercitivas unilaterales y su impacto negativo sobre el derecho al desarrollo. El castigo a todo un pueblo es inhumano y criminal y el derecho al desarrollo del pueblo venezolano es vulnerado mientras no se levante el bloqueo. Abordar estos temas con una perspectiva crítica, nos permitirá avanzar el derecho al desarrollo enarbolando los valores y principios de un progreso no sólo en términos económicos, sino del desarrollo en sentido integral, que abarca lo social, político, cultural, entendido como un modelo de desarrollo más humano.


[i] Las sanciones unilaterales vulneran el derecho al desarrollo: expertos de la ONU.

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